Anorexia y Bulimia en Internet

El monográfico «Anorexia y Internet» tiene por objetivo luchar contra todo el contenido web que haga apología a los Trastornos de la Conducta Alimentaria, las páginas Pro-Ana y Pro-Mia; al tiempo que se trabaja para ofrecer herramientas de protección a fin de poder realizar una navegación segura a través de Internet. Este monográfico tuvo una gran implicación y compromiso por parte de diferentes entidades y profesionales, entre ellos la Participación de los Mossos, el CESICAT, el Consejo de Audiovisuales de Cataluña, el Colegio de abogados de Barcelona, ​​hospitales públicos, privados, la Agencia Catalana de Consumo y también fundaciones privadas relacionadas con la salud mental.

¿Cómo se puede eliminar una web que hace apología de la anorexia y la bulimia?

El Parlamento de Cataluña aprobado en marzo de 2019, de forma unánime, el Decreto ley que actúa contra las páginas que hacen apología de la anorexia y la bulimia en Internet y redes sociales a través de la modificación del Código de Consumo de Cataluña.

Esta modificación del Código de Consumo permitirá vigilar, investigar y, en su caso, sancionar a las empresas, plataformas y servicios digitales que, a pesar de tener conocimiento de la existencia de este tipo de contenido en sus plataformas, no lleven a cabo acciones para eliminarlos. De este modo, se amplía la responsabilidad a los intermediarios de las redes sociales, que pasan a ser también responsables de la difusión de estos contenidos. El incumplimiento de estas obligaciones, supondrá una infracción grave del Código de Consumo, que se podrá sancionar con multas de hasta 100.000 euros.

¿Qué permiten las modificaciones realizadas en el Código de Consumo de Cataluña para controlar la apología de los TCA en Internet y redes sociales?

  • Concreta la definición de «trastorno alimentario» a los efectos a los efectos del Código de Consumo, entendiendo como tales la anorexia y la bulimia, entre otros.
  • Se incluye dentro de los colectivos que requieren especial protección a las personas susceptibles de padecer trastornos alimentarios, como la anorexia y la bulimia, en las relaciones de consumo.
  • Dentro de los deberes que deben cumplir las empresas, se introduce la obligación de no llevar a cabo actividades relacionadas con la puesta en el mercado de bienes y servicios que fomenten o induzcan a los consumidores hábitos no saludables o trastornos alimenticios. En caso de no cumplir esta obligación, las empresas cometerán una infracción de Código de Consumo.
  • Se tipifica específicamente como infracción grave del Código de Consumo realizar actividades de promoción, publicidad, oferta o cualquier otra que fomente o induzca a los consumidores a la adopción de hábitos relacionados con los trastornos alimentarios, como la anorexia y bulimia entre otros. Como infracción grave, se puede sancionar con multas de hasta 100.000 euros.
  • Se amplía a los intermediarios en los servicios de la sociedad de la información la responsabilidad de la veracidad y legalidad de la información que publican referente al ámbito de los trastornos alimentarios, desde el momento en que conocen o pueden haber conocido -utilizando una diligencia normal – la falta de veracidad o la ilicitud de los contenidos, y siempre que no actúen de manera rápida para proceder a la retirada de los datos o haga imposible su acceso. Así, se extiende la responsabilidad a las empresas que ofrezcan alojamiento web a este tipo de páginas, blogs, o chats, cuando tengan conocimiento de que están alojando este tipo de contenidos incitadores de los TCA.
  • Complementando la anterior modificación, se establece que las personas, plataformas digitales o servicios online que cooperan o encubren una conducta infractora referente al ámbito de los trastornos de conducta alimentaria son responsables de la misma, como cooperadores o encubridores. Cualquier persona, plataforma digital o servicio online que actúa como intermediario, que conozca o pueda conocer una conducta infractora es responsable si no adopta las medidas necesarias para suprimir o retirar los enlaces o los contenidos afectados Estas modificaciones permitirán perseguir este tipo de contenidos en la red, actuando directamente contra los hostings, de modo que sean estos el que controlan los contenidos que alojan.

Para más información consulta el siguiente enlace: El Gobierno aprueba una modificación del Código de consumo para sancionar la apología de la anorexia y la bulimia en Internet.

Desde nuestra asociación podemos tramitar este tipo de denuncias. Si visualizas alguna información en la red que haga apología de los trastornos de la conducta alimentaria puedes enviarnos el enlace a través de un correo electrónico

Finalmente es importante tener en cuenta que, aunque las autoridades pongan en marcha este tipo de medidas es importante seguir actuando dentro del marco de la prevención de los Trastornos de la Conducta Alimentaria, educando a los más jóvenes en un uso saludable de las nuevas tecnologías y una navegación segura.

En el siguiente enlace puede ver la Guia de navegació segura que va elaborar la Taula de Diàleg, en conjunt amb l’ Agència Catalana del Consum.